Derecho Guatemalteco

Tu sitio web de Derecho

Características del nombre.

Características del nombre.

  1. Es inalienable. Porque el nombre no se puede renunciar, ceder, enajenar, gravar ni transmitir a otra persona; además tampoco es embargable.
  2. Imprescriptible. El nombre no se adquiere ni se extingue por el simple hecho de usarlo o dejar de usarlo durante varios años. Esto es, no se adquiere o se pierde por el mero transcurso del tiempo.
  3. Irrenunciable. Como derecho fundamental que es, no se puede renunciar al nombre.
  4. Obligatorio. Se refiere a que toda persona debe llevar un nombre, debido a que la ley dispone que se debe imponer un nombre a los recién nacidos. Es consecuencia del matiz público que reviste.
  5. Goza de eficacia erga omnes. Debido a que el nombre es un derecho de los llamados absolutos, en el sentido de que es oponible a todas las personas, incluyendo al estado, y por tanto, solo su titular tiene el derecho la protección para usarlo libremente, sin obstáculos.
  6. En principio es inmutalbe. Pero el artículo 6 del código civil permite el cambio de nombre realizado de forma voluntaria.