Derecho de familia objetivo y derecho de familia subjetivo

1. En sentido objetivo: es el conjunto de normas que se regulan las relaciones de las personas que constituyen un grupo familiar o una familia.
2. En sentido subjetivo: se define como el conjunto de derechos que nacen de las relaciones que dentro del grupo familiar mantienen los miembros de esta familia con los demás para cumplimiento de los fines de la unidad familiar.