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divisiones administrativas

Los ministerios, se dividen en direcciones generales para las competencias que le están atribuidas, sin embargo éstos cuentan dentro de su estructura con otras divisiones administrativas las cuales constituyen unidades operativas que pueden ser, dependiendo de la labor que desarrollan, departamentos, secciones, divisiones, las que pueden ser permanentes o temporales. Dentro de estas se pueden incluir comisiones que pueden ser integradas por personal de una o varias dependencias del órgano administrativo o de otras dependencias distintas, como por ejemplo las juntas de licitación, las juntas de cotización, comisiones de recepción y liquidación de obras, etc.