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En conclusión las diferencias entre el derecho real y el derecho de obligación son:

1.    El derecho real y el derecho de obligación o de crédito, difieren porque resuelven un juego de intereses diversos, el derecho real se ocupa de un problema de atribución y los derechos de obligación resolverán necesidades de cooperación con los demás.
2.    El derecho de obligación faculta a particulares a establecer su contenido y alcance con los únicos limites que la norma establece, en los derechos reales no hay un precepto de alcance similar de modo que es dudoso que los particulares puedan crear libremente nuevos derechos reales.
3.    Los modos de adquisición de ambos tipos de derechos son diversos. Las obligaciones nacen de algunas de las causas de la ley del contrato de declaraciones unilaterales de voluntad, de los delitos y de las faltas.
4.    El objeto del derecho real tiene como objeto un sentido jurídico mientras que el derecho de obligación o crédito es una prestación.
5.    La extinción de los derechos de crédito se produce por alguna de las causas siguientes: pago, compensación, novación extintiva, remisión o condonación de la deuda, confusión de los derechos. Mientras que lo que origina la extinción de los derechos reales son totalmente distintas.
6.    Los instrumentos de proteccion y de eficacia son totalmente diversos.