Fuerza ejecutiva del titulo ejecutivo
1 Que el título apareje una obligación de dar, hacer o no hacer.
2 Que si aquella consiste en pagar una cantidad de dinero, esta sea líquida y exigible.
3 Si entregar una cosa, que esta sea cierta o determinada.
4 La cantidad es líquida si su monto está fijado en una cifra indubitable.
5 La cosa es cierta o determinada, si no hay duda de su existencia o de su certidumbre y aparece debidamente identificada en su calidad, especie o número.
6 En todos los casos, la obligación es exigible, siempre que sea pura o simple; que su plazo esté vencido y que si habiendo estado sujeta a alguna condición, esta haya sido cumplida.