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La propiedad horizontal recae sobre bienes inmuebles.

Todo inmueble para que pueda constituirse el régimen de propiedad horizontal debe encontrarse libre de gravámenes, limitaciones, anotaciones o reclamaciones de cualquier naturaleza. En caso contrario deben prestar consentimiento expreso las personas a cuyo favor aparecieren inscritos tales gravámenes, limitaciones o reclamaciones. Art. 530 código civil.
Regulación legal
La normativa referente a la propiedad horizontal está regulada en los arts. 528 a 559 Código civil.
El titulo constitutivo
El titulo constitutivo de la propiedad horizontal es el documento en el cual habrán de hacerse constar necesariamente los supuestos de hechos que sirven para la determinación del régimen jurídico de la propiedad horizontal.