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Los Entes Sin Personalidad Jurídica (sociedades de hecho)

Existen modalidades de grupos o de masas de bienes desprovistos del atributo de la personalidad.

Art. 224 del código de comercio. Sociedades de hecho. La omisión de la escritura social y de las solemnidades prescritas, produce nulidad absoluta. Los socios sin embargo, responderán solidaria e ilimitadamente frente a terceros, con quienes hubieren contraído a nombre y en interés de la sociedad de hecho.

Asociaciones ilícitas, las agrupaciones que no cumplan con los requisitos formales que exigen la ley para su constitución y las asociaciones constituidas de facto, mientras no se procure el reconocimiento legal.