Derecho Guatemalteco

Tu sitio web de Derecho

Representación en herencia testamentaria

Artículo 933. Las disposiciones de este capítulo rigen para la sucesión intestada y testamentaria; pero la representación en caso de testamento, sólo se efectuará cuando los herederos y legatarios sean parientes del testador.

Inmuebles, vehículos, viajes, hoteles, restaurantes, turismo, celulares, compra y venta de casas, seguros, moda y belleza visita www.guidil.com