Tramite de la caducidad
La petición de caducidad se tramitará en incidente y ante el juez que tramite el juicio, y durante la dilación probatoria de esta incidencia debe rendirse prueba para demostrar que la inactividad se debió a legítimo impedimento, entendiéndose como tal la fuerza mayor, caso fortuito o cualquier otro hecho independiente de la voluntad de los litigantes; si la causa se hallaré en segunda instancia podrá plantearse la solicitud en este tribunal y en ese caso debe remitirse al de origen para que sea el que lo resuelva, toda vez que el tribunal de alzada límite el ejercicio de su jurisdicción al conocimiento de la resolución apelada.