La administración de la sociedad debe regularse en la escritura de conformidad con lo que disponen los artículos 46 inciso 6 del código de notariado y 1730 inciso 10 del código civil y por el articulo 1757 CC.
La sociedad anónima necesita valerse de un órgano ejecutivo y representativo a la vez que lleve a cabo la gestión cotidi…
Las formas permitidas son: 1. Administrador único (una sola persona) 2. El consejo de administración (órgano coleg…
1. según lo que diga la escritura social. 2. a falta de estipulación lo será el primer nombrado 3. si este lleg…
Por medio de la deliberación de la mayoría de sus miembros que estén presentes o debidamente representados. Art. 167 cód…
Los comanditados son los administradores. Art. 198, 200 c. comercio
Solo los socios comanditados pueden ser administradores y representantes legales salvo que la escritura social permita q…
En defecto de pacto que señale a uno o algunos de los socios como administradores, lo serán todos. art. 63 código de com…
Integrado por una o más personas que pueden ser o no socios.
Se puede integrar por uno o varios administradores.
Es el órgano encargado de darle cumplimiento y ejecutar las decisiones tomadas por los socios además de realizar actos d…