· Por la inscripción de sociedades, modificaciones, transformaciones o fusiones de las mismas, Q275.00 de base, más Q6.00 por cada millar o fracción del valor que conste en el documento. Los honorarios que se cobren por este concepto no excederán de (Q25,000.00)
· Por la inscripción de la escritura de disolución de una sociedad, Q275.00.
· Por la inscripción de modificaciones, transformaciones o fusiones de sociedades, cuando el valor sea indeterminado Q275.00.
· Por la inscripción de sociedades constituidas en el extranjero Q1,250.00 más Q6.00 porcada millar o fracción del valor que conste en el documento.
· Por la inscripción de sociedades constituidas en el extranjero para operar temporalmente en el país, Q2,500.00.
· Por la inscripción de la creación, traspaso, ampliación o modificación del objeto o cualquier otra modificación de empresas o establecimientos mercantiles Q100.00 como base más un quetzal por cada millón o fracción.
· Por la inscripción de emisión de acciones y títulos que generen obligaciones para las sociedades Q150.00.
· Por la inscripción de actas de asambleas extraordinarias. Q75.00.
· Por la inscripción de comerciantes individuales, auxiliares de comercio, mandatarios, comisionistas, martilleros jurados, corredores, fianzas, prendas, anotaciones de demandas, embargos, cambios de dirección, capitulaciones matrimoniales, reposición de patentes y cualesquiera otras inscripciones no comprendidas en los apartados anterioresQ75.00.
· Por la venta de formularios autorizados para la inscripción de los actos mercantiles, Q2.00
· Por la exhibición de libros, expedientes archivados y localización de denominaciones o razones sociales y nombres comerciales, Q50.00 por el primero y Q25.00 por cada uno de los siguientes.
· Por la búsqueda retrospectiva de denominaciones o razones sociales y nombres comerciales, con extensión de la constancia respectiva Q15.00.
· Por autorizar cualquier clase de libros Q15.00.
· Por cada certificación Q15.00 más un quetzal por cada hoja o fracción.
· Por la elaboración de edictos Q15.00.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 862-2000 Guatemala, 21 de diciembre de 2000 El Presidente de la República, CONSIDERANDO: Que con…
La violación de las normas que obligan a la inscripción en el Registro Mercantil da lugar a algunas sanciones: a. En …
Contra la calificación del registrador podrá reclamarse ante el juez de primera instancia de lo civil jurisdiccional, ya…
La actividad del empresario mercantil exige publicidad, no solo por su importancia en un sistema económico dado, sino po…
1. El principio de la publicidad formal, Según el cual toda persona tiene acceso al Registro para imponerse de los da…
El Registro Mercantil debe llevar libros para hacer en ellos las inscripciones que correspondan. Dichos libros son: 1. …
Se denomina inscripción, todo asiento hecho en el Registro. El Código de Comercio señala cuales inscripciones son obliga…
La inscripción puede ser solicitada por los propios interesados, los Jueces de Primera Instancia de lo Civil, los Notari…
El primero de enero del año 1971 entró en vigencia el nuevo Código de Comercio contenido en el Decreto número 2-70 del C…
De conformidad con el artículo 332 del Código de Comercio el Registro Mercantil funcionará en la capital de la República…