Es aquella persona cuya muerte da origen a la sucesión (el difunto o el de cujus), provocando la necesidad de buscar nueva titularidad a sus relaciones jurídicas, siempre que para éstas no fuera un especifico motivo de extinción su muerte, la muerte es pues, la causa de la sucesión, lo que significa que causantes, propiamente dichos solo pueden ser las personas físicas, pues de ellas y solo de ellas se puede predicar el hecho natural de la muerte. Arts. 68, 63, 75, 76 Código civil.
El principio general es que la confesión verse sobre hechos excepcionalmente sobre el derecho y en este caso se consider…
1 Capacidad del Confesante. 2 Objeto de la Confesión. 3 Voluntad del que la Presta. 4 Capacidad del Confesante: En térmi…
1 Jurídica: Desde el momento que por el sólo hecho de la confesión obliga al Juez a tener por cierto lo confesado su efi…
Las principales teorías sobre la naturaleza jurídica de la confesión son las que la equiparan a un contrato pero no prop…
Es el testimonio de una de las partes se llama confesión, la confesión considerada como prueba, es el testimonio que una…
A) Principios Generales Contenidos en la Ley del Organismo Judicial: Artículo 33 Loj. De lo procesal La Competencia Juri…
El sistema más afianzado para valorar la prueba es el de la Sana Critica, Sana Critica es sinónimo de recta razón, de bu…
Conforme este sistema el Juez está autorizado para formar su convicción de acuerdo con su criterio no está sometido a un…
La ley le señala al Juez por anticipado el grado de eficacia que tiene la prueba en este sistema el juez no debe aprecia…
Es la prueba directa por excelencia. Para Guasp, es una autentica prueba procesal por la función que desempeña y que tie…