Clasificación legal de los contratos. Según el código civil Guatemalteco.
1. Unilaterales. Los derechos y obligaciones recaen en una sola persona.
Ejemplo. Gestión de negocios
2. Bilaterales. reciproco o sinalagmático. Ambas partes se obligan recíprocamente.
Ejemplo. Compra-venta, permuta, arrendamiento. Servicios profesionales.
3. Consensuales. Cuando basta el consentimiento de las partes para que sea perfecto.
Ejemplo. El arrendamiento
4. Reales. Cuando se requiere para su perfección la entrega de la cosa.
Ejemplo. Mutuo, comodato y deposito
5. Principal. Los que subsisten por si solos. La mayoría de los estipulados en el C.C.
6. Accesorio. Cuando tienen por objeto el cumplimiento de otra obligación.
Ejemplo. La fianza, la prenda, hipoteca.
7. Oneroso. Aquel en el que se estipulan provechos y gravámenes recíprocos.
Ejemplo. Servicios profesionales.
8. Gratuito. El provecho es solo de una de las partes.
Ejemplo. Donación, comodato.
9. Conmutativo. Cuando las prestaciones que se deben las partes son ciertas desde que se celebra el contrato.
Ejemplo arrendamiento.
10. Aleatorio. Son aquellos cuya ganancia o perdida dependen de la suerte o el azar.
Ejemplo. La renta vitalicia, la lotería, la rifa, el juego ilícito.
11. Condicionales. Cuya realización o subsistencia depende de un suceso incierto o ignorado por las partes.
12. Absolutos. Es aquel cuya existencia o extinción no están sujetas a condición alguna.