1. Elemento subjetivo o animus derelinquendi, es la intención o voluntad de renunciar a la propiedad sobre el bien, de abandonar el bien objeto del dominio. La libertad debe de ser libre y consciente.
2. Elemento objetivo denominado animus derelictionis, la conducta del renunciante dirigido de modo objetivo y concluyente al abandono, exterioriza la conducta materialmente.
Acto jurídico unilateral mediante el cual el titular de un derecho lo separa y excluye de su patrimonio produciendo norm…
La edad Declaración judicial Enfermedades o deficiencias de carácter físico o psíquico. Según el artículo 9 del código c…
• Casas de habitación • Predio o parcelas cultivables • Industrias y todo objeto que sea de explotación familiar Art. 35…
1. Capacidad del sujeto renunciante, es decir, que este tenga la plena facultad o poder de disposición. 2. Que la …
1. Supuestos de cotitularidad, la consolidación exige la reunión en una misma persona de la titularidad real y la tit…
1. Una transmisión valida y eficaz del dominio. 2. la sujeción de dicha transmisión a término final o condición re…
La revocación supone una vuelta al patrimonio del transmitente del dominio efectivamente enajenado. Es decir se transmit…
Mediante estas providencias provisionalmente se decide una discusión, son ejemplos típicos los alimentos provisionales (…
Patrimonio. El capital fundacional tiene que ser suficiente en principio para conseguir los fines asignados a las fundac…
1. Objetivo permanecer en forma estable en un lugar determinado 2. Subjetivo la residencia y ánimo de permanencia