La usucapión se denomina también prescripción adquisitiva, (La denominación de prescripción comprende dos figuras jurídicas bien distintas: la prescripción negativa o liberatoria, que es un modo de extinguir las obligaciones (arts. 1501 a 1516 CÓDIGO CIVIL), y la prescripción adquisitiva o usucapión, que es una manera de adquirir la propiedad, mediante el transcurso del tiempo y el cumplimiento de ciertos requisitos de ley). Arts. 642 a 654 Código Civil.
En cuanto a este punto hay que hacer la diferenciación sobre que no es lo mismo la negativa de un hecho que un hecho neg…
Existe un estrecho vínculo entre la regla general que el derecho no se prueba y el principio general que consagra la pre…
El derecho no está sujeto a prueba, salvo para extranjeros (Artículo 22 Ley del Organismo Judicial). Únicamente quedan s…
Prueba es la que demuestra la existencia o inexistencia de los hechos afirmados por las partes. Lic. Nájera Farfán. Aque…
Son los de cada medio de prueba en su procedimiento específico.
El procedimiento probatorio no es más que una manifestación de contradictorio no se puede concebir que una parte produzc…
Es el tercer momento de la prueba y el conjunto de actos procesales que es menester cumplir para así llevar a juicio los…
Es el segundo momento de la prueba y este responde al concepto de que la prueba se obtiene por mediación del juez y el d…
El ofrecimiento es un nuestro derecho un anuncio de carácter formal este que da cumplido con las simples palabras “Ofrez…
1 Ofrecimiento. 2 Petitorio. 3 Diligenciamiento. 4 Valoración.