Parte del derecho privado que regula la sucesión mortis causa, en especial el destino de las titularidades y relaciones patrimoniales activas y pasivas de una persona después de su muerte, tratando de llenar la laguna que una persona, llamada causante, ha dejado con su fallecimiento.
En términos generales nuestro ordenamiento jurídico establece condiciones subjetivas (rectius= capacidad). Para que la h…
1. Causante. 2. Heredero.(sucesor a titulo universal). 3. Presuntos herederos. 4. Legatario.(sucesor a título particular…
Definición de Derecho Civil Es una Rama de derecho privado, que puede definirse como un Conjunto de normas jurídicas y p…
Derecho subjetivo de naturaleza real que atribuye a su titular el más completo y variado conjunto de facultades sobre un…
El derecho registral tiene por objeto el estudio, análisis y regulación de todos los registros, la actividad registral, …
Es aquella rama del Derecho civil en la que se contienen los principios y normas que regulan la constitución, modificaci…
Es una rama del derecho privado que contiene normas y principios que regula la actividad profesional del comerciante, lo…
Desde el punto de vista subjetivo (ius puniendi): Es la facultad de castigar que tiene el estado como único ente soberan…
En la edad media es cuando aparece la pena como una potestad del Estado. En la actualidad se le concibe como aquellas re…
El Derecho Colectivo de Trabajo sustantivo es aquel que se da como consecuencia de las relaciones de trabajo entre uno o…