Conjunto de bienes objeto de la ejecución, que constituye un presupuesto de la ejecución forzada, en el sentido que sin él la coerción no se puede hacer efectiva. En principio todo patrimonio del deudor es ejecutable, sin embargo, con el fin de proteger la dignidad humana, los ordenamientos jurídicos han excluido la posibilidad de ejecución procesal a determinados bienes y derechos que se consideran indispensables para la subsistencia.
1 Ha de ser una sentencia firme, debidamente ejecutoriada y que no quepa recurso alguno; 2 Debe ser dictada por un juez …
Si el deudor deja de cumplir con sus obligaciones, todos y cada uno de los acreedores tiene derecho a dirigirse contra e…
Es una institución jurídica social que se destina a uno o más bienes para la protección del hogar y sostenimiento de la …
Se trata de una institución eminentemente familiar, sin personalidad jurídica, y ajena a toda idea de copropiedad; basam…
• Casas de habitación • Predio o parcelas cultivables • Industrias y todo objeto que sea de explotación familiar Art. 35…
Se distinguen tres elementos integrantes del patrimonio familiar: 1. Personal: constituido por las personas que en cada …
En general la constitución del patrimonio familiar es voluntaria Pero el código civil reconoce dos: 1. Voluntario C.C Ar…
En los diferentes países, la figura del Patrimonio Familiar ha recibido distintas denominaciones, mencionando algunas a …
Los bienes constituyentes del patrimonio: 1. son indivisibles; 2. Son inalienables 3. Son inembargables 4. No puede cons…
1. La aprobación judicial; 2. Su inscripción en el registro de la propiedad. y 3. Trámites previos que fije el Código Pr…