1. Esenciales. Son los elementos que las partes no pueden renunciarlos ni suprimirlos. Son los comunes en todo contrato. Art. 29, 32, 33 códigos de notariado.
2. Naturales. Son aquellos propios del contrato que se está celebrando.
3. Accidentales. Son los elementos voluntarios, las partes deciden si forman o no parte del contrato.
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1. Elemento personal: comprador y vendedor 2. Elemento real 1. La cosa objeto de la venta. Que sea licita, posible, d…
1. Elemento personal: un contrato en que participen dos o más personas. 2. Elemento real. El aporte de bienes. 3. …
· Condición. Acontecimiento futuro incierto. · Plazo. Acontecimiento futuro cierto. · Arras. Can…
1. Personales. · Optante. Es el que se compromete a celebrar el contrato futuro. · Optario. · …
El contrato de sociedad como negocio jurídico que es, requiere para su validez de cierto es elementos esenciales: capaci…
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