En el Derecho guatemalteco se reconocen cuatro fuentes de derecho de familia: 1. El matrimonio 2. La unión de hecho 3. La filiación 4. La adopción Conviene destacar que la unión de hecho es una institución social muy particular en nuestro país, dado que en otros, tal forma de integrar la familia no se conoce.
1. En sentido objetivo: es el conjunto de normas que se regulan las relaciones de las personas que constituyen un grupo …
El derecho de familia puede enfocarse desde dos ángulos: • Objetivo y subjetivo 1. En sentido objetivo: es el conjunto d…
La parte del derecho civil que se ocupa de las relaciones jurídicas entre personas unidas por vínculos de parentesco. Ge…
Las principales son las siguientes: 1. Contiene un sustrato de carácter eminentemente moral, derivado fundamentalmente d…
1. Comunidad absoluta. Art. 122 Código Civil. Todos los bienes aportados por los contrayentes o adquiridos durante el mi…
Es aquella institución que asentada sobre el matrimonio, enlaza, en una unidad total, a los cónyuges y sus descendientes…
En El Ámbito Social: Ya que la familia constituye la célula fundamental de la sociedad. A este respecto dentro de las Ga…
Protección a la mujer casada y a los hijos menores (Arts. 97-100 del C. de T.); Prohibición de exigir a los familiares l…
Fuentes reales: fuentes reales o materiales son las expresiones humanas, los hechos naturales o los actos sociales que d…
Son elementos de hecho que sirven de base a las fuentes formales (hechos económicos, políticos y culturales). Son las pr…