1. En sentido objetivo: es el conjunto de normas que se regulan las relaciones de las personas que constituyen un grupo familiar o una familia. 2. En sentido subjetivo: se define como el conjunto de derechos que nacen de las relaciones que dentro del grupo familiar mantienen los miembros de esta familia con los demás para cumplimiento de los fines de la unidad familiar.
El derecho de familia puede enfocarse desde dos ángulos: • Objetivo y subjetivo 1. En sentido objetivo: es el conjunto d…
Es el conjunto de normas que constituyen un ordenamiento o sistema jurídico que a la vez que confiere facultades e impon…
En la doctrina ha fructificado con mayor facilidad, para admitir la condena en costas, la tesis del principio o hecho ob…
La parte del derecho civil que se ocupa de las relaciones jurídicas entre personas unidas por vínculos de parentesco. Ge…
Las principales son las siguientes: 1. Contiene un sustrato de carácter eminentemente moral, derivado fundamentalmente d…
En el Derecho guatemalteco se reconocen cuatro fuentes de derecho de familia: 1. El matrimonio 2. La unión de hecho 3. L…
1. Comunidad absoluta. Art. 122 Código Civil. Todos los bienes aportados por los contrayentes o adquiridos durante el mi…
Es aquella institución que asentada sobre el matrimonio, enlaza, en una unidad total, a los cónyuges y sus descendientes…
En El Ámbito Social: Ya que la familia constituye la célula fundamental de la sociedad. A este respecto dentro de las Ga…
Protección a la mujer casada y a los hijos menores (Arts. 97-100 del C. de T.); Prohibición de exigir a los familiares l…