La constitución establece que los municipios son entidades autónomas a las que les corresponde:
A) elegir a sus propias autoridades;
B) obtener y disponer de sus recursos;
C) atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial y cumplimento de sus propios fines.
La importancia del municipio radica en la necesidad de descentralizar la administración pública, de tal manera que ésta …
Como la tendencia municipal es hacia la descentralización, los municipios tienen cada vez más importancia. A) sistema de…
En Guatemala, el sistema que se utiliza es el de democracia representativa, pues sus órganos son designados por medio de…
Está integrado por el alcalde, síndicos y concejales; entre sus funciones podemos citar: a) la iniciativa, decisión y ej…
Es el encargado de presidir y representar a la municipalidad; es además el órgano ejecutivo de gobierno y administración…
A) cuando la ley, la ordenanza, el reglamento o la disposición municipal así lo establezcan; B) por denuncia o queja ver…
El artículo 134 de la constitución establece la descentralización y la autonomía. "el municipio, las entidades descentra…
TITULO IV PROCEDIMIENTO ANTE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA CAPITULO I FACULTADES Y ATRIBUCIONES DE LA ADMINISTRACIÓN TRIB…
Sección cuarta Administración Artículo 162. Administración. Un administrador único o varios administradores, actuando co…
El Administrador Facultades del administrador reguladas en los artículos 548 a 550 código civil. 1. Es el representan…