En el mismo artículo 332 del Código de Trabajo, se indica que en la demanda pueden solicitarse las medidas precautorias, bastando para el efecto acreditar la necesidad de la medida. El arraigo debe decretarse en todo caso con la sola solicitud y éste no debe levantarse si no se acredita suficientemente a juicio del tribunal, que el mandatario que ha de apersonarse se encuentre debidamente expensado para responder de las resultas del juicio.
1) Solicitud: • Determinar con claridad y precisión lo que va a exigirse del demandado. • Fijar la cuantía de la acción.…
En nuestro medio, la fuente única del derecho del trabajo es la ley, de suerte que las fuentes específicas del derecho l…
Dentro de la jerarquización de las fuentes del derecho laboral citamos el tratado, la constitución, las leyes internas, …
El Código de Trabajo guatemalteco, además de establecer la institución procesal de la rebeldía, prevé también situacione…
Excepción es aquel medio de defensa que el demandado invoca ante el órgano jurisdiccional, al ser llamado a juicio, a ef…
Como es sabido, las partes de conformidad con la ley tienen la facultad de acumular sus pretensiones en una misma demand…
En realidad son variadas las opiniones y criterios existentes con respecto a la denominación conceptual de esta instituc…
La relación jurídico procesal se caracteriza de tres fases bien marcadas: la demanda, la excepción y la sentencia; corre…
Suele confundirse la institución de la rebeldía con la confesión ficta o ficta confessio; pero ya vimos que la rebeldía …
El embargo que recae sobre una empresa tiene carácter de intervención, que en ningún momento debe significar la paraliza…