Los mandatos del extranjero
· Debe de ser legalizados por el ministerio de relaciones exteriores. (se hacen los pases de ley)
· La protocolización de ese mandato se realiza dentro del protocolo. (si vienen en español)
· Luego se elabora el testimonio y ese se presenta al registro de poderes del archivo general de protocolos para su inscripción.
· Arts. 37 y 38 loj