Surgen como consecuencia de la excesiva competencia que desarrollan los ministros, su función es exclusivamente a nivel interno del órgano; y no ejercen competencia y su labor es de ayudar al ministro así como ejercer la competencia administrativa en ausencia del titular.
No existen medios de impugnación en contra de estos funcionarios, ya que ellos desarrollan una labor interna.
Son órganos unipersonales, porque se encuentran a cargo de una sola persona, sus funciones son internas, pues son los en…
Sus funciones están contempladas en el artículo 7 de la ley del organismo ejecutivo. Sus funciones básicas son: la suple…
Los viceministros al no tener competencia establecida no pueden incurrir en responsabilidades de tipo administrativo, ni…
Teoría de la concepción: es el comienzo de la vida dentro del seno materno. Esta tesis sostiene que el concebido tiene e…
“mancipare”, que significa soltar de la mano, sacar del poder, etc.
Los testamentos otorgados sin cumplir los requisitos o prescripciones legalmente establecidos, referidas ya a la capacid…
Al tratar del desarrollo histórico del Derecho Mercantil, hemos dicho que a los riesgos se les atribuye la paternidad de…
Se atribuye al profesor alemán Ernesto Beling, haber concebido en el año de 1906, la tipicidad como elemento fundante de…
El contencioso-administrativo, surge como consecuencia del nacimiento del derecho administrativo y la necesidad de tener…