Patrono es toda persona individual o jurídica que utiliza los servicios de uno o más trabajadores en virtud de un contrato o relación de trabajo.
Hay diferentes acepciones y definiciones para el término patrono, sin embargo todos coinciden con elementos comunes, entre los cuales sobresale Madrid quien indica que patrono es la persona natural o jurídica propietaria de una explotación industrial o comercial donde se presta un trabajo por otras personas, quienes reciben una retribución por la explotación indicada. Para Manuel Alonzo García, patrono es toda persona natural o jurídica que se obliga a remunerar el trabajo prestado por cuenta del trabajador, haciendo suyos los frutos o productos obtenidos de la mencionada prestación.Los hechos ajenos al litigio o que no están señalados por la ley. La prueba no propuesta, la impertinente, o contra dere…
En cuanto a este punto hay que hacer la diferenciación sobre que no es lo mismo la negativa de un hecho que un hecho neg…
Existe un estrecho vínculo entre la regla general que el derecho no se prueba y el principio general que consagra la pre…
El derecho no está sujeto a prueba, salvo para extranjeros (Artículo 22 Ley del Organismo Judicial). Únicamente quedan s…
Prueba es la que demuestra la existencia o inexistencia de los hechos afirmados por las partes. Lic. Nájera Farfán. Aque…
Son los de cada medio de prueba en su procedimiento específico.
El procedimiento probatorio no es más que una manifestación de contradictorio no se puede concebir que una parte produzc…
Es el tercer momento de la prueba y el conjunto de actos procesales que es menester cumplir para así llevar a juicio los…
Es el segundo momento de la prueba y este responde al concepto de que la prueba se obtiene por mediación del juez y el d…
El ofrecimiento es un nuestro derecho un anuncio de carácter formal este que da cumplido con las simples palabras “Ofrez…