Presupuestos de la compensación
1. Que dos personas sean al mismo tiempo deudores y acreedores entre sí.
2. Puede ser opuesta por un tercero interesado o el fiador cuando han dado sus bienes como garantía. Art. 1471, 1475 cc
3. Que las deudas a compensar consistan en dinero o cosas fungibles de la misma especie y calidad, sean liquidas (cuantía determinada) y exigibles. Art. 1470 cc
4. Las deudas a compensar deben estar vencidas es decir, que sean exigibles. Acción pauliana o revocatoria. Art 1290 cc. (es la que tiene por objeto dejar sin efecto las enajenaciones o renuncia de derechos, efectuados por el deudor en fraude de los derechos de su acreedor)
5. Que la compensación no perjudique intereses de tercero. Art 1470 cc.