Las cosas que los navegantes en el agua y el aire arrojen para aligerar la nave ni los despojos provenientes del siniestro. Art. 599
1. Bienes mostrencos. Art. 596 código civil. Se considera un bien mostrenco al perdido, abandonado, cuyo dueño se ignore…
1. Bienes del dominio privado. Son aquellos bienes propiedad de los particulares y son susceptibles a ser enajenados. (e…
1. Bienes corporales. Son los bienes materiales que existen en el mundo exterior y que son susceptibles de ser apreciado…
1. Bienes Principales. Son aquellos que pueden subsistir por sí mismos. 2. Bienes accesorios. Dependen de un bien princi…
Art. 443 y 444 código civil. Bienes excluidos del mercado” aquellos que por su naturaleza o por su disposición de la ley…
1. Por su naturaleza. Pueden quedar fuera del comercio las cosas que no pueden ser poseídas por un individuo exclusivame…
A la nación. Art. 590 del código civil.
1. Las cosas muebles o semovientes que no pertenecen a ninguno.ART.589 2. Las piedras conchas y otras sustancias q…
Artículos 822 y 835 del código civil señalan que solo podrán ser objeto del contrato de hipoteca los bienes INMUEBLES.
1. No se pueden hipotecar los bienes del Estado 2. El uso y la habitación (son derechos personalísimos e indisponi…