En tierras propias o en las ajenas con permiso del dueño en las tierras que no estén plantadas.
1. En el contrato de mutuo o préstamo de dinero. Art. 1948 cc. 2. En el caso del donante que desmejora de fortuna …
1. No solo se puede adquirir la posesión a través de sistemas jurídicos si no por la simple aprehensión material. Pos…
Desde el momento en que lo ha herido de manera que no le sea fácil escapar o desde el momento en que el animal ha caído …
Tener permiso del dueño. El interesado que obtuviere permiso y prestare garantía a satisfacción del propietario, podrá h…
Está obligado al pago de los gastos y a abonar a quien lo hallo el 10 % del valor de la cosa o del producto de la venta.…
Deberá presentarlo a la autoridad municipal más próxima al lugar donde hubiere tenido lugar el hallazgo. Art. 596.
Podrán ser destruidos por cualquiera y podrán ser ocupados desde que el dueño abandone su persecución.
1. La toma de posesión 2. La intención de hacerla propia.
· Deberán abstenerse de toda intervención y · poner el asunto en conocimiento de la siguiente asamblea g…
1. deberá manifestarlo a los demás administradores. 2. abstenerse a participar 3. retirarse del lugar en que se…