forma en que debe proceder un administrador en caso de tener interés directo o indirecto en las operaciones o negocios en que se delibera

📅 31 de marzo de 2014

1.    deberá manifestarlo a los demás administradores.
2.    abstenerse a participar
3.    retirarse del lugar en que se reúnen
Art. 170 código de comercio

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