Siendo que el pago es la forma idónea, normal y perfecta de cumplir con la obligación, es decir, extinguirla es prudente aclarar que en la mecánica del pago intervienen 2 partes o personas las cuales son:
1. El sujeto activo llamado solvens que es quien realiza el pago.
2. El sujeto pasivo llamado accipiens quien es la persona que recibe el pago.
En otro sentido en quien recae principalmente la obligación de efectuar el pago o cumplimiento de la obligación es naturalmente en la persona del Deudor, en virtud que precisamente solo a él se le puede exigir el pago o cumplimiento de la obligación del mismo modo, el principalmente legitimado para recibir el pago es únicamente el Acreedor por recaer en su persona la legitimidad para exigir o reclamar el cumplimiento o pago de la obligación.
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