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Características de las normas religiosas

Unilateralidad: consiste en que los mandatos morales imponen obligaciones, cuyo cumplimiento solo compete al individuo sobre el que recae, no existiendo ninguna persona autorizada para exigir la observancia de esa conducta.

Interioridad: los mandatos morales, exigen que quienes los acaten, actúen con la mayor pureza de su intención, fundamental convencido y orgulloso de comportarse al tenor de la norma.

Incoercibilidad: las normas morales, se manifiesta en la circunstancia de que las acciones u omisiones que ordena, jamás se pueden exigir mediante la coacción, o por cualquier otro procedimiento que implique forzar el cumplimiento.

Autonomía: los preceptos morales, se explica diciendo que la conducta que ello exigen, provienen de la propia voluntad del sujeto al que están dirigidos.