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Contenido del derecho real

Es el poder o las facultades que el derecho real concede a su titular.
1.    La facultad de goce o disfrute.
Se traduce en la posibilidad que tiene el titular de aprovecharse del bien sobre lo que produzca.
2.    Facultad de disposición
Es el poder que el ordenamiento jurídico atribuye a un titular de un derecho subjetivo.
Disposición es cuando una persona puede transmitir un bien a otra persona dejando el titular actual de serlo.

3.    Facultad de realización de valor
Poder especifico que tiene el titular de un derecho real de garantía y significa la posibilidad de pedir enajenación del bien que se dio en garantía en caso de incumplimiento del deudor.
La persona que tiene la facultad de realización de un valor, es el titular de un derecho real de garantía.
4.    Facultad de adquisición preferente.
Derecho que se concede a algunas personas de poder adquirir los derechos reales que pertenecen a otras personas.