Clases de sucesores
· Heredero. Es el que tiene derecho a toda la herencia.
· Legatario. Adquiere uno o más bienes individualizados a título particular.
Arts. . 920, 921 cc. Presunción de hecho y de derecho
· Heredero. Es el que tiene derecho a toda la herencia.
· Legatario. Adquiere uno o más bienes individualizados a título particular.
Arts. . 920, 921 cc. Presunción de hecho y de derecho