Definición de la función calificadora del registrador de la propiedad

El principio de publicidad que la ley concede a los asientos regístrales y los efectos que de la misma se derivan, tienen su base en un requisito anterior que tiene que cumplirse para que el documento registrado este protegido, este requisito previo es la calificación registral. Seria antijurídico pensar que la segundad del tráfico tuviera como base un acto tachado de nulidad o defectuoso.

El registrador se convierte de esta manera en un contralor para cumplir a cabalidad el principio de legalidad No basta que los documentos sean auténticos y que hayan sido realizados por notarios de tal vez amplia trayectoria jurídica, es imprescindible que todos los documentos sean analizados y examinados cuidadosamente por un funcionario, al cual la ley ha otorgado facultades para calificarlos y para tomar la decisión de aceptarlos o rechazarlos por no llenar los requisitos legales.

La función calificadora puede ser definida así: es el instrumento jurídico por medio del cual el Registrador, verifica, examina y analiza la legalidad, tanto de fondo como de forma de los documentos presentados al Registro para su inscripción, con el objeto de aceptarlos, suspenderlos, o denegarles el acceso al Registro, indicando en estos dos últimos casos, los motivos y la ley en que se funda.

Debido a que el Registrador califica bajo su estricta responsabilidad la legalidad tanto de forma como de fondo de los documentos presentados para su inscripción debe tener mucho cuidado a fin de evitar que tengan acceso al registro documentos inválidos o no validos y de dar paso como se dijo anteriormente al principio de legalidad