Identificación de la acción
Identificar la acción es concretarla, individualizarla, distinguirla de entre las muchas que pueden ejercitarse. De su identidad pueden derivarse efectos tan importantes como los relativos a la competencia del juez, a la acumulación de procesos o acciones, a la cosa juzgada, etc.
La acción se identifica a través de sus elementos constructivos: sujetos (quienes son los litigantes), objeto (sobre qué litigan) y título (por qué se litiga).
Identidad de los sujetos es la coincidencia que debe existir entre el derecho subjetivo en ejercicio y la cualidad de titular activo o pasivo del mismo. Objeto de la acción o petitum es el bien que se pretende, sobre lo que se litiga. Título o causa pretendí, es la causa eficiente o razón por la que se pide, el fundamento de la acción.