La escritura de sociedad deberá expresar lo siguiente
1. Objeto de la sociedad;
2. Razón social;
3. Domicilio de la sociedad;
4. Duración de la sociedad;
5. Capital y la parte que aporta cada socio;
6. Parte de utilidades o pérdidas que se asigne a cada socio, fecha y forma de su distribución;
7. Casos en que procederá la disolución de la sociedad antes de su vencimiento; y las bases que en todo caso de disolución deberán observarse para la liquidación y división del haber social;
8. Cantidad que puede tomar periódicamente cada socio para sus gastos personales;
9. Modo de resolver las diferencias que surjan entre los socios; y
10. La forma de administración de la sociedad, y los demás pactos que acuerden los socios. Artículo 1730.