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La escritura de sociedad deberá expresar lo siguiente

1.    Objeto de la sociedad;
2.    Razón social;
3.    Domicilio de la sociedad;
4.    Duración de la sociedad;
5.    Capital y la parte que aporta cada socio;
6.    Parte de utilidades o pérdidas que se asigne a cada socio, fecha y forma de su distribución;
7.    Casos en que procederá la disolución de la sociedad antes de su vencimiento; y las bases que en todo caso de disolución deberán observarse para la liquidación y división del haber social;
8.    Cantidad que puede tomar periódicamente cada socio para sus gastos personales;
9.    Modo de resolver las diferencias que surjan entre los socios; y
10. La forma de administración de la sociedad, y los demás pactos que acuerden los socios. Artículo 1730.