Liquidación de la sociedad.
Casos en los que procedería la disolución de la sociedad, antes de su vencimiento y las bases sobre las que debe hacerse la liquidación y división del haber social. Arts. 46 incisos 9 y 11 código de notariado. Y 1730 inciso 7 código civil.
Liquidación.
La declaratoria de disolución de la sociedad no provoca la extinción inmediata del contrato, sino únicamente constituye el inicio del periodo de liquidación de la sociedad, el que tiene por fin y objeto único convertir en dinero todos los activos sociales para así poder limpiar el patrimonio de la sociedad, mediante el pago de todas las acreedurias a cargo de ella y devolver a los socios cualesquiera sobrantes.