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Naturaleza jurídica de los derechos reales.

Teorías que explican la naturaleza jurídica.
1.    Doctrina clásica. El derecho real supone una relación inmediata entre la persona y la cosa.
2.    Teoría monista personalista. Sostiene que el derecho real tiene la misma naturaleza que el personal.
3.    Tesis monista objetivita. Según este criterio todos los derechos patrimoniales serian reales, pues mientras los así llamados, son derechos que recaen sobre una cosa, los denominados personales, no recaerían sobre la persona del deudor sino sobre su patrimonio. Es un derecho sobre bienes no sobre personas.
4.    Teoría ecléctica. El derecho real debe distinguir dos aspectos: uno interno y uno externo. Internolo constituye la facultad de realización del interés que tiene el titular del derecho sobre la cosa. El Externo, es la relación del titular de ese derecho con los terceros obligados a respetarlo.