Requisitos para la constitución del patrimonio familiar
1. La aprobación judicial;
2. Su inscripción en el registro de la propiedad. y
3. Trámites previos que fije el Código Procesal Civil y Mercantil.
Art. 361 (Párrafo No.1) Código Civil.
Los requisitos procesales necesarios están previstos en el libro 4º, título I capítulo II, sección 6ª. De dicho código, en los Art. 444, 445 y 446.