El tutor y protutor deben de comportarse. Al juez y a la Procuraduría General de la Nación les corresponde la tarea de fiscalizar y controlar el adecuado cumplimiento de sus obligaciones.
Remoción.
Serán también removidos de la tutela y pro tutela: 1. Los que demuestren negligencia, ineptitud o infidelidad en el desempeño del cargo; 2. Los que incitaren al pupilo a la corrupción o al delito; 3. Los que emplearen maltrato con el menor; 4. Los que a sabiendas hayan cometido inexactitud en el Inventario, omitiendo bienes o 5. créditos activos o pasivos; y 6. Los que se ausenten por más de seis meses, del lugar en que desempeñen la tutela y pro tutela. Artículo 316 del Código Civil.
1. Causas de remoción articulo 1066.- (remoción del albacea).- Por causa de negligencia, abuso o malversación pueden …
La edad Declaración judicial Enfermedades o deficiencias de carácter físico o psíquico. Según el artículo 9 del código c…
1. abandono 2. revocación. 3. expropiación forzosa.
La renuncia y la consolidación.
Los testamentos otorgados sin cumplir los requisitos o prescripciones legalmente establecidos, referidas ya a la capacid…
Nace siempre que una persona obtiene de otra beneficio o ventaja patrimonial de naturaleza económica que carece en lo ab…
1. la incapacidad relativa de las partes o de una de ellas. 2. vicios del consentimiento (error, dolo, simulación,…
El contrato de sociedad puede terminar en forma parcial o total. Habrá terminación parcial cuando solamente se destruye …
1. Vencimiento del plazo fijado en la escritura. 2. Imposibilidad de seguir realizando el objeto principal de la s…
1. La condena por falsedad o por delito contra la propiedad. 2. La quiebra 3. La interdicción declarada judicia…