Se llama comisionista la persona hábil para ejercer el comercio que, por cuenta ajena realiza actividades mercantiles (artículo 303 del código de comercio). Para actuar como comisionista se necesita patente obtenida conforme a un reglamento especial y haber recibido de parte del comitente, por escrito o de palabra, el encargo de realizar determinado negocio o negocios. (Artículos 304 y 305 del co de co).
Bandera nuestra, a ti juramos devoción perdurable, lealtad perenne, honor, sacrificio y esperanza hasta la hora de nuest…
La bandera de Guatemala fue creada por el Decreto ejecutivo del 17 de agosto de 1871, siendo Presidente de la República …
Los símbolos patrios de Guatemala son los siguientes: Bandera de Guatemala, Escudo de Armas, Monja Blanca, La ceiba, El …
En el allanamiento el actor no deberá probar nada la ley impone que previa notificación el Juez dictará el fallo sin más…
Al actor le incumbe probar el hecho constitutivo del derecho, ahora con respecto al actor el demandado puede tener una a…
Establecido lo que ha de probar, el razonamiento lógico conduce ahora a preguntarse ¿Quién debe probar? Para determinar …
Los hechos ajenos al litigio o que no están señalados por la ley. La prueba no propuesta, la impertinente, o contra dere…
En cuanto a este punto hay que hacer la diferenciación sobre que no es lo mismo la negativa de un hecho que un hecho neg…
Existe un estrecho vínculo entre la regla general que el derecho no se prueba y el principio general que consagra la pre…
El derecho no está sujeto a prueba, salvo para extranjeros (Artículo 22 Ley del Organismo Judicial). Únicamente quedan s…