Cuando una empresa posee dos o más propietarios, pero sin establecer una sociedad u otro tipo de organización legal. Los propietarios obran de común acuerdo en todas sus operaciones mercantiles y hasta judiciales que se deriven de la misma. el artículo 485 del código civil establece.
Articulo 485 cuando hay copropiedad. Hay copropiedad cuando un bien o un derecho pertenece pro indiviso a varias personas.
A falta de contrato o disposición especial, se regirá la copropiedad por las disposiciones del presente capitulo.
Es un Derecho real en el que se transforma la propiedad individual cuando el bien cae en comunidad, es el régimen de la …
1. Varios sujetos o copropietarios; 2. Un solo objeto no dividido materialmente, que es el elemento que vincula a …
En esta parte nos limitaremos a dar únicamente conceptos muy generales de las distintas clases de copropiedades. 1. …
Cesa la copropiedad 1. por la división de la cosa común 2. por su perdida 3. por destrucción 4. por enajenación …
Artículo 663. Prohibición de concurrencia. Co de Co. Quien enajena una empresa debe abstenerse, durante los cinco años s…
Se entiende por empresa mercantil el conjunto de trabajo, de elementos materiales y de valores incorpóreos coordinados, …
Dado el carácter de bien mueble, la empresa es objeto de negocios jurídicos definitivos y temporales como lo son: compra…
A) embargos judiciales: se recibe el despacho judicial con su respectivo duplicado, y previo comprobante de pago, se pro…
Para la anotación del arrendamiento de una empresa mercantil se requieren los mismos requisitos y se procede en igual fo…
1. Establecimiento: lugar en donde tiene su asiento la empresa. Significa el centro de las operaciones mercantiles, aunq…