1. Banco. Librado. Su responsabilidad es puramente contractual porque el banco- librado está obligado a obedecer la orden de pago en el cheque. Si por algún motivo el cheque no llegara a pagarse que usualmente ocurre cuando no hay fondos no hay acción directa del tenedor contra el banco. La acción directa seria contra el librador.
2. Librador. Es la persona que libra o gira un cheque y que debe de poner a disposición del librado fondos suficientes.
3. Beneficiario. Es la persona a cuyo favor se emite el cheque.
1. Los hijos 2. Los padres.
Tutor: Es la persona que representa al menor, obra en su nombre, maneja y dirige su patrimonio. Es nombrada para cuidar …
1. El disponente. También llamado causante o testador. Es la persona que en su testamento instituye el legado. (por que …
1. Causante. 2. Heredero.(sucesor a titulo universal). 3. Presuntos herederos. 4. Legatario.(sucesor a título particular…
1. Personales. 1. Contratante de la renta. Es la persona que transfiere bienes al deudor de la renta y con ello, prov…
1. Elemento personal. Para que pueda celebrarse transacción, se requiere de dos partes que tienen derechos o intereses e…
Elemento personal. 1. Depositante. Propietario de la cosa que se deja en calidad de depósito. 2. Depositario. Persona in…
1. Elemento personal: un contrato en que participen dos o más personas. 2. Elemento real. El aporte de bienes. 3. …
1. personales 1. donante. Es el propietario del bien o la cosa que va a ser susceptible de donación. 2. donatario. Es la…
Elemento personal. 1. Mandante.(poderdante o representante) quien pide el favor 2. Mandatario.(apoderado). Es la p…