Interdicto de Apeo y deslinde:

📅 21 de abril de 2014

Procede este interdicto cuando haya habido alteración de límites entre heredades, removiendo las cercas o mojones y poniéndolos en lugar distinto del que tenían, haciéndose nuevo lindero en lugar que no le corresponde.
En la demanda debe expresarse:
1 El nombre, jurisdicción, linderos y situación de la finca.
2 La parte o partes en que ha sido alterado el lindero.
3 El nombre de quien o quienes han hecho la alteración, si se supiere; y los nombres de los colindantes que puedan tener interés en el apeo.
4 El lugar en que se pretenda que deban colocarse los mojones, vallas o cercas, debiéndose acompañar los títulos y demás documentos que sirvan para la diligencia.
Las pruebas se limitarán a establecer si ha habido alteración de limites o mojones y quién la hizo o mandó se hiciera.
El juez practicará reconocimiento judicial, conforme a las normas del artículo 174. Discernido que sea el cargo a los peritos, se señalará día para practicar la diligencia, previniendo a los interesados y a los colindantes que presenten en ella sus respectivas pruebas. De la diligencia se levantará acta en la que se describirá todo lo practicado, incluyendo el dictamen de los peritos, la cual será firmada por todos los que hubieren estado presentes, si pudieren hacerlo.
Si la alteración fuere comprobada, se ordenará la restitución a cargo del que la hizo o la hubiere ordenado, quien será responsable de las costas del juicio y de los daños y perjuicios, fijados prudencialmente por el juez, y quedará sujeto además a las responsabilidades penales consiguientes. (Leer 263 – 268 Código Procesal Civil y Mercantil –Obra nueva o peligrosa)

Artículos Relacionados
Carga de la prueba

Establecido lo que ha de probar, el razonamiento lógico conduce ahora a preguntarse ¿Quién debe probar? Para determinar …

21 de abril de 2014
Pruebas que no pueden recibirse

Los hechos ajenos al litigio o que no están señalados por la ley. La prueba no propuesta, la impertinente, o contra dere…

21 de abril de 2014
Prueba de los hechos negativos

En cuanto a este punto hay que hacer la diferenciación sobre que no es lo mismo la negativa de un hecho que un hecho neg…

21 de abril de 2014
La Prueba del Derecho

Existe un estrecho vínculo entre la regla general que el derecho no se prueba y el principio general que consagra la pre…

21 de abril de 2014
Objeto de la Prueba

El derecho no está sujeto a prueba, salvo para extranjeros (Artículo 22 Ley del Organismo Judicial). Únicamente quedan s…

21 de abril de 2014
La Prueba

Prueba es la que demuestra la existencia o inexistencia de los hechos afirmados por las partes. Lic. Nájera Farfán. Aque…

21 de abril de 2014
Caracteres particulares del procedimiento de prueba

Son los de cada medio de prueba en su procedimiento específico.

21 de abril de 2014
Caracteres generales del procedimiento probatorio

El procedimiento probatorio no es más que una manifestación de contradictorio no se puede concebir que una parte produzc…

21 de abril de 2014
Diligenciamiento de la prueba

Es el tercer momento de la prueba y el conjunto de actos procesales que es menester cumplir para así llevar a juicio los…

21 de abril de 2014
Petitorio de la prueba

Es el segundo momento de la prueba y este responde al concepto de que la prueba se obtiene por mediación del juez y el d…

21 de abril de 2014