Como se sabe el contrato de trabajo tiene su propia naturaleza jurídica, sus propias características que le hacen intrínsecamente ser distintos a cualesquiera otra contratación debido al ámbito público del Derecho de Trabajo y la trascendencia eminentemente social de esta actividad humana.
Dentro de su propia peculiaridad es susceptible de que una contratación en materia de trabajo quede en suspenso temporalmente y para ello es necesario que concurran determinadas circunstancias objetivas y subjetivas para que el fenómeno opere. El Código de Trabajo establece que hay suspensión de un contrato laboral, cuando una o las dos partes que forman esa relación, deja o dejan de cumplir parcial o totalmente durante un tiempo, alguna de sus respectivas obligaciones fundamentales; como por ejemplo, la prestación del trabajo o el pago del salario, sin que por ello terminen dichos contratos ni se extingan los derechos y obligaciones que emanan de los mismos.
Suspensión individual parcial: Cuando afecta a una relación de trabajo y una de las partes deja de cumplir sus obligacio…
De acuerdo con el artículo veintidós del Código de Trabajo, en todo contrato individual de trabajo deben entenderse incl…
Se entiende por terminación de la relación de trabajo, la cesación de sus efectos a partir de determinado momento. Ello …
Se le conoce como licencias o autorizaciones administrativas, (permisos de policía), en sentido positivo, pues permiten …
Licencias, descansos y vacaciones remuneradas que impongan la ley o los que conceda el patrón con goce de salario; Las e…
Las licencias o descansos sin goce de salario que acuerden patronos y trabajadores; Los casos de enfermedades, los riesg…
La huelga legalmente declarada, cuyas causas hayan sido estimadas imputables al patrono por los Tribunales de Trabajo y …
La huelga legal, cuyas causas no hayan sido imputadas al patrono; El paro legalmente declarado; La falta de materia prim…
Con el derecho constitucional Porque el derecho administrativo se encuentra subordinado a este ya que lo orienta y le im…
Dirigir e impulsar la acción del inferior o subordinado. - dictar normas de carácter interno. 1. nombrar titulares infer…