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De los riesgos y daños en la navegación marítima

El riesgo, de manera general, es una eventualidad, es un hecho de naturaleza jurídica que puede o no suceder en el futuro y el daño, es toda pérdida en el patrimonio de una persona, natural o jurídica. “Y por regla general todo daño debe indemnizarse”, Artículo 1,645 Código Civil.

Las averías, el abordaje, la arribada forzosa y el naufragio, son temas incluidos dentro de los diversos riesgos que se corren en la navegación marítima, y que aunque se encuentran actualmente regulados dentro del Libro III del Decreto Gubernativo 2946, Código de Comercio Derogado, se hace necesario realizar un análisis para entender el atraso en el que se encuentra tal legislación en relación a los avances tecnológicos y comerciales que se han producido en el tráfico marítimo, haciendo alusión a la legislación comparada para observar los aspectos que se hace necesario incluir en el que sería el V Libro del Código de Comercio vigente, Decreto 2-70 del Congreso de la República, y que según la propuesta de la presente investigación sería denominado Del Derecho Mercantil Marítimo.