Acción estimatoria
Esta acción deja subsistente el contrato, pero obliga al enajenante a devolver del precio lo que la cosa vale de menos. Como opción a favor del enajenante la ley establece que si por razón de saneamiento estuviere obligado el enajenante a pagar una cantidad que exceda de la mitad del precio que recibió, podrá rescindir el contrato satisfaciendo el valor que tenga la cosa al tiempo de la rescisión, mas los gastos y perjuicios ocasionados. Arts 1561 y 1547 cc.