características de la policía administrativa
A.) Debe emanar de un órgano competente según la ley, de lo contrario sería un acto de abuso de poder o arbitrariedad, con responsabilidades.
B.) Para su cumplimiento puede autorizarse el uso de la fuerza pública. La ejecución debe iniciarse desde que se notifica o pública. Puede ser impugnada y solicitar la suspensión hasta que se agoten las acciones legales y quede firme la resolución.
C.) Deben ser concretas y precisas.
D.) Pueden ser revocadas de oficio por el órgano que las emite.
E.) Las órdenes deben ser notificadas o publicadas, de lo contrario no hay obligación de cumplirlas.
F.) Normal y usualmente son escritas, en caso de emergencia pueden ser verbales.