Clases de patrimonio familiar
En general la constitución del patrimonio familiar es voluntaria
Pero el código civil reconoce dos:
1. Voluntario C.C Art. 354:
2. Judicial o Forzoso C.C Art. 360:
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En general la constitución del patrimonio familiar es voluntaria
Pero el código civil reconoce dos:
1. Voluntario C.C Art. 354:
2. Judicial o Forzoso C.C Art. 360: