Clases de testamentos

Testamentos comunes y especiales
Clases De Testamento Por La Forma
En atención a las diferencias formales de otorgamiento, nuestro código civil establece una clasificación de testamentos (números clausus) (cerrado). ART. 954 CC Y se dividen en:

Articulo 955.- (testamento en escritura pública).- el testamento común abierto deberá otorgarse en escritura pública, como requisito esencial para su validez.
Articulo 959.- (formalidades del testamento cerrado).- en el testamento cerrado se observarán las solemnidades pertinentes prescritas para el testamento abierto y, además, las siguientes:
1.     El papel que contenga el testamento se pondrá dentro de una cubierta cerrada, de suerte que no pueda extraerse aquél sin romper ésta;
2.     En presencia del notario y los testigos, y los intérpretes en su caso, manifestará el testador que el pliego que presenta contiene su testamento y si está escrito y firmado por el o escrito por mano ajena y si, por no poder firmar, lo ha hecho a su ruego otra persona, cuyo nombre expresará;
3.     Sobre la cubierta del testamento extenderá el notario el acta de su otorgamiento, dará fe de haberse observado las formalidades legales; y
4.     Extendida y leída el acta la firmarán el testador, los testigos, los intérpretes si los hubiere y la autorizará el notario con su sello y firma.
5.     Si el testador no puede firmar, pondrá su impresión digital, y un testigo más, designado por él mismo, firmará a su ruego.